La entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024 y la inmediata publicación de las instrucciones de la Secretaría de Estado de Migraciones han cambiado de manera notable el panorama de la extranjería en España. Desde la reducción de plazos hasta la creación y homogeneización de nuevas figuras de arraigo, la reforma busca simplificar trámites que durante años se han señalado como lentos y burocráticos.

Para muchas personas y empresas, el acceso a un abogado online se ha convertido en la vía preferente para orientar solicitudes, revisar documentación y presentar expedientes telemáticamente. No obstante, aunque la digitalización y la agilidad son realidades, la resolución final depende de la Administración y existen riesgos que conviene conocer con detalle.

Qué cambia el Real Decreto 1155/2024

El Real Decreto 1155/2024, aprobado el 19/11/2024 y con entrada en vigor el 20/05/2025 tras su publicación en el BOE, representa una reforma integral del Reglamento de la Ley de Extranjería. El Ejecutivo ha insistido en que la norma pretende modernizar figuras y procedimientos para hacerlos más ágiles y eficientes, reduciendo trámites y documentación innecesaria.

Entre las novedades destacan mecanismos para autorizar simultáneamente residencia y trabajo desde el inicio del procedimiento, y flexibilizaciones en visados y estancias formativas. El Gobierno ha defendido que estas medidas permitirán una gestión más rápida y una respuesta administrativa más coherente con las necesidades del mercado laboral.

Las disposiciones transitorias del RD tratan situaciones previas a la entrada en vigor, ofreciendo algunas salvaguardas parciales para solicitudes presentadas con anterioridad al 20/05/2025. Sin embargo, organizaciones y colectivos han señalado que esos criterios de transición pueden resultar insuficientes o arbitrarios en casos concretos.

Nuevas figuras de arraigo y requisitos clave

Una de las reformas más relevantes es la homologación y ampliación de las figuras de “arraigo”: el nuevo reglamento reconoce cinco tipos: arraigo de segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo y familiar. Además, se habilita expresamente a trabajar a quienes obtengan una autorización temporal por arraigo.

El periodo mínimo de permanencia para solicitar la mayoría de los arraigos se reduce de tres a dos años, con la excepción del arraigo familiar, que no exige permanencia mínima. Las autorizaciones por arraigo tendrán una duración inicial de un año, salvo el arraigo familiar que se proyecta a cinco años.

Asimismo, la reforma facilita la reagrupación familiar (con hijos hasta 26 años en determinadas circunstancias) y ofrece mayores posibilidades para obtener residencia y trabajo de forma simultánea, lo que puede acelerar la inserción laboral de solicitantes que cumplen los requisitos.

Instrucciones SEM y criterios de aplicación

La Secretaría de Estado de Migraciones publicó la Instrucción SEM 1/2025 para homogeneizar la aplicación de las nuevas figuras de arraigo. Esta instrucción aclara cómputos importantes, como el límite de ausencias: un máximo de 90 días en los dos años anteriores para poder computar la permanencia exigida en la mayoría de los casos.

En el caso del arraigo sociolaboral, la Instrucción SEM 1/2025 exige contratos cuya duración total sea superior a 90 días y garantiza una jornada mínima equivalente a 20 horas/semana (que puede computarse sobre la duración total del contrato). Importante: no se admite la vía de cuenta propia (autónomos) para este tipo de arraigo.

Las instrucciones complementarias (SEM 2/2025, SEM 3/2025 y SEM 4/2025) y las guías elaboradas por despachos, sindicatos y colegios profesionales ofrecen pautas sobre medios económicos, informe de integración social y tipos de contratos válidos. Estas guías son herramientas útiles para preparar expedientes y reducir el riesgo de denegación.

Impacto estimado y cifras relevantes

El Gobierno estima que el nuevo reglamento podría permitir la regularización de alrededor de 300.000 personas de media al año durante los próximos años; algunos análisis apuntan incluso a un impacto acumulado de hasta 900.000 en tres años. Estas cifras, difundidas por el Ejecutivo y los medios, se apoyan en datos administrativos y proyecciones del mercado laboral.

Como datos de referencia, a finales de 2023 había unas 210.334 autorizaciones por arraigo, cifra citada en la exposición de motivos del RD y utilizada por la ministra para justificar el alcance de la reforma. También se ha subrayado el aumento interanual de afiliación de beneficiarios del arraigo, con incrementos significativos en 2023.

No obstante, la reforma se enmarca en un contexto complejo: España reconoció aproximadamente el 18,5% de las solicitudes de asilo el año anterior, y hay decenas de miles de solicitantes en tramitación cuya situación puede verse afectada por los nuevos criterios de cómputo.

Críticas, recursos judiciales y riesgos prácticos

ONG y asociaciones, incluidas CEAR y colectivos de abogados de extranjería, han expresado críticas y han presentado recursos contra la norma. Uno de los reproches principales es que el tiempo como solicitante de protección internacional no computa para efectos del arraigo, lo que podría dejar fuera a muchas personas que llevan años en tramitación.

La preocupación no es menor: asociaciones y juristas advierten del riesgo de empujar a trabajadores a la irregularidad si se les niega acceso a las vías de regularización. En prensa se recogen declaraciones como la de Mauricio Valiente (CEAR): “Cualquier complicación para la obtención de los papeles aumentará la bolsa de personas en situación irregular”.

Además, se han planteado objeciones sobre criterios de transición y sobre la carga probatoria exigida para acreditar estancia y vínculos. Los despachos recomiendan una preparación documental rigurosa y anticipada para minimizar denegaciones y costes derivados de recursos administrativos o judiciales.

El abogado online y la gestión 100% digital

Ante la complejidad normativa y la urgencia de mover expedientes, numerosos despachos especializados y servicios de “abogado online” promocionan asesoramiento 100% digital: revisión documental, presentación telemática, seguimiento del expediente y tracking online. Ejemplos citados en el sector incluyen plataformas y firmas como Extranjerísimo, Rojano Vera o Maat Abogados, entre otros.

Los servicios online pueden agilizar tareas formales, mejorar la calidad de las solicitudes y reducir tiempos administrativos internos del cliente; sin embargo, la resolución final depende de la Administración y de la correcta valoración de los requisitos por parte de funcionarios. Por eso, la ventaja del abogado online es mayor en la fase de preparación y en el control de calidad documental.

Los especialistas recomiendan contrastar ofertas, exigir transparencia en honorarios y servicios, y combinar el servicio digital con asesoramiento experto sobre riesgos concretos (p. ej. exclusión del tiempo como solicitante de asilo, o requisitos probatorios específicos). Además, conviene apoyarse en las instrucciones SEM y en las guías publicadas por sindicatos y colegios para asegurar el cumplimiento de criterios formales.

En definitiva, el Real Decreto 1155/2024 y las instrucciones posteriores introducen cambios relevantes que pueden acelerar la obtención de permisos y ampliar vías de regularización, pero no eliminan todas las incertidumbres del sistema. La digitalización y la oferta de abogado online son herramientas útiles si se usan con criterio y respaldo técnico.

Para quien prepare una solicitud de arraigo o necesite regularizar su situación, la recomendación es clara: preparar la documentación con rigor, consultar las Instrucciones SEM (especialmente la SEM 1/2025) y, cuando se opte por servicios online, verificar la experiencia del despacho y su capacidad para gestionar recursos si fuera necesario. Las ventajas de la agilización existen, pero requieren prudencia y asesoramiento profesional.