En un nuestro artículo “¿Cuáles son los órganos judiciales de las Comunidades Autónomas?” ya dedicamos un espacio a analizar los diferentes órganos judiciales que, dentro del sistema judicial español, actúan en el ámbito de las Comunidades Autónomas. En esta ocasión vamos a centrar nuestra mirada en dos órganos judiciales que tienen jurisdicción en todo el territorio español. Estos dos órganos son la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo.
En este artículos vamos a hablaros de sus competencias y su composición.
La Audiencia Nacional
La Audiencia Nacional es un órgano judicial colegiado centralizado y especializado en el conocimiento de aquellas materias que le son atribuidas por Ley. Creada en 1977 en virtud del Real Decreto Ley 1/1977, este órgano judicial se ocupa de una serie de delitos que, por su gravedad o relevancia social, le son especialmente destinados.
¿Qué delitos son éstos? Los de terrorismo y los de crimen organizado, narcotráfico, delitos contra la Corona o aquellos delitos económicos que causan grave perjuicio a la economía nacional.
La Audiencia Nacional tiene también atribuciones que afectan al orden Social y al Contencioso-Administrativo.
Las resoluciones de la Administración del Estado son fiscalizadas por este órgano, quien también se encarga de, por ejemplo, tratar las impugnaciones de convenios colectivos de ámbito territorial que exceda a los límites de una Comunidad Autónoma.
Este órgano judicial de ámbito estatal está integrada por seis juzgados centrales de instrucción penal y cuatro Salas. Las Salas de la Audiencia Nacional son: Sala de lo Penal, de Apelación, de lo Social y de lo Contencioso-Administrativo).
Adscritos a la Audiencia Nacional se encuentran también doce juzgados centrales de lo contencioso, un juzgado central de lo penal y un Juzgado de Menores.
La Audiencia está presidida por su Presidente. Éste, que tiene la consideración de Presidente de Sala del Supremo, es preside nato de todas sus Salas y tiene, entre otras, las siguientes atribuciones:
- Presidir las deliberaciones de la Sala de Gobierno.
- Fijar el orden del día de la Sala de Gobierno.
- Autorizar los acuerdos.
- Velar por el cumplimiento de las medidas adoptadas por el órgano gubernativo.
El Tribunal Supremo
Entre los órganos judiciales españoles que tienen jurisdicción en todo el territorio del Estado se encuentra, en la cúspide del sistema judicial, el Tribunal Supremo.
Este órgano judicial es, en todos los órdenes judiciales, el órgano colegiado superior. Solo todo lo que tenga que ver con la garantía y salvaguarda de los derechos constitucionales escapará a sus competencias y deberá ser tratado por el Tribunal Constitucional.
Creado en 1812 por las Cortes de Cádiz, el Tribunal Supremo constituye la cúpula del sistema de impugnaciones. Esa circunstancia lo convierte en el responsable máximo de la interpretación de jurisprudencia en España.
Entre sus atribuciones están la de decidir los recursos de casación, los recursos de revisión y otros recursos extraordinarios; la de enjuiciar a miembros de los altos órganos del Estado y la de ocuparse de los procesos de declaración de ilegalización de los partidos políticos.
El Tribunal Supremo está compuesto por el Presidente, los cinco Presidentes de Sala y un total de setenta y cuatro Magistrados. Estos setenta y cuatro Magistrados son los que integran las distintas Salas ordinarias.
Las Salas del Tribunal Supremo funcionan siguiendo unas normas de funcionamiento que son aprobadas cada año por la Sala de Gobierno. Estas normas de funcionamiento (que también determinan el modo de reparto de los diferentes asuntos) son remitidas al Consejo General del Poder Judicial, que es el encargado de publicarlas en el BOE.
La Secretaría de Gobierno y el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo se encargan de que este órgano judicial pueda cumplir sus funciones. La Secretaría de Gobierno se encarga, entre otras funciones, de dirigir a los Letrados de la Administración de Justicia (antiguos Secretarios Judiciales).
En La Secretaría de Gobierno se integran, también, todos los funcionarios que prestan en ella sus servicios.
Por su parte, el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo se encarga de prestar asistencia a la Presidencia y a las diversas Salas. La elaboración de estudios e informes es, pues, la principal función de este órgano.