El título de auto de cuantía máxima es un título al que en algunas ocasiones se hace mención cuando ha finalizado un procedimiento penal derivado de un accidente de tráfico. Al dictar un auto de cuantía máxima, lo que el Juez está dictaminando es la cantidad líquida máxima que se puede reclamar como indemnización por los daños sufridos en un accidente que esté amparado por el seguro de suscripción obligatoria.
El auto de cuantía máxima se encuentra regulado en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 8/2004 y para ser dictado es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
- Que el hecho se derive de la circulación de vehículos.
- Que los daños derivados del hecho sean cubiertos por el seguro obligatorio del vehículo.
- Que se trate de un procedimiento penal con sentencia absolutoria o renuncia de la acción penal.
- Que no se haya renunciado a la acción civil.
- Que exista una oferta motivada.
El auto de cuantía máxima debe dictarse de oficio, pero en muchos casos la parte acostumbra a solicitarlo para, así, conseguir que se determine la cantidad máxima que se puede reclamar a la compañía de seguros del vehículo o, en su caso, al Consorcio. Para cobrar el auto de cuantía máxima debe interponerse una demanda ejecutiva. Para interponer dicha demanda es necesario ir acompañado de abogado y procurador.
Al dictar el auto de cuantía máxima, el Juez debe describir de manera clara los hechos, las circunstancias que han concurrido en los mismos, los sujetos que han intervenido en ellos y la compañía o compañías de los vehículos implicados en el accidente.
Dictado, el auto adquiere naturaleza de título ejecutivo. Ante él, la aseguradora que debe hacer frente al pago de la cantidad indicada solamente puede oponerse por motivos que se encuentren específicamente regulados. Dichos motivos acostumbran a hacer referencia a motivos formales (por ejemplo, que falte legitimación en la parte demandante al no estar cubierta por la póliza) o por motivos de fondo como pueden ser la pluspetición, la culpa exclusiva de la víctima o supuestos de fuerza mayor. En estos últimos quedan excluidos los fallos mecánicos de los vehículos.
En la práctica, la vista en el que se dirime si debe dictarse un auto de cuantía máxima se celebra como un procedimiento declarativo más. La vista puede finalizar con una estimación total de la oposición, una estimación parcial (en este caso se determina el porcentaje en el que debe reducirse la indemnización) o la ejecución.