Con frecuencia habrá escuchado la expresión “competencia desleal”. Incluso puede suceder que, de ser usted un empresario, haya tenido la sensación de padecerla por parte de sus competidores. Pero, ¿de qué estamos hablando cuando hablamos de competencia desleal? Y, sobre todo, ¿qué se puede hacer contra ella?
Para empezar, hay que señalar que la expresión competencia desleal hace referencia al comportamiento por parte de cualquier profesional o empresario que, según indica la ley, “resulte contrario a las exigencias de la buena fe” o, lo que es lo mismo, aquel comportamiento o práctica comercial que no cumpla con la diligencia profesional y, o bien no se ajuste a las prácticas que siempre se han considerado honestas en el mercado, o bien busque distorsionar el comportamiento del consumidor.
Entre las prácticas más comunes de competencia desleal podemos encontrar los siguientes tipos:
- Actos relacionados con el engaño y la confusión.
- Actos relacionados con el empleo de la violencia, la violación de las normas, etc.
- Otro tipo de actos.
Veamos ahora con mayor detalle en qué consiste cada uno de estos actos.
Actos relacionados con el engaño y la confusión
Se considera competencia desleal el acto de engaño consistente en entregar información falsa o información que pueda inducir a error. Habrá engaño cuando dicha información afecte a un elemento relevante del producto o servicio como pueden ser las características principales del mismo, su precio, la garantía, el servicio de asistencia post venta, sus reparaciones, etc.
Se considerará también competencia desleal aquel comportamiento que busque el crear confusión entre los consumidores sobre las empresas competidoras y su actividad o prestaciones.
Si se entrega una información poco clara, ambigua, inoportuna o ininteligible o se omite u oculta una información necesaria para que el consumidor tome una buena decisión a la hora de comprar o contratar un servicio se considerará, también, que se está cometiendo un acto de competencia desleal.
Actos relacionados con el empleo de la violencia, la violación de las normas, etc.
Son consideradas prácticas de competencia desleal aquéllas que se fundamenten en el acoso, la coacción o, incluso, el uso de la fuerza con la intención de limitar la libertad de elección tanto de consumidores como de competidores.
La difusión de información falsa o impertinente sobre las actividades de la competencia está considerada, también, un acto de competencia desleal.
No está considerada competencia desleal la comparación de productos o servicios que cubran la misma necesidad, siempre, claro, que no se denigre al otro o no se violen los derechos de propiedad intelectual.
Tampoco está considerada una práctica de competencia desleal los actos de imitación siempre que esta imitación no intente confundir al consumidor.
Sí están consideradas prácticas desleales las siguientes:
- Las que busquen aprovecharse indebidamente del prestigio y reputación de un competidor.
- Las que se sostienen sobre el espionaje para apoderarse de un secreto de un competidor.
- Las que busquen divulgar secretos industriales o empresariales de un competidor sin que éste haya dado su consentimiento.
- Las que pretendan inducir a terceros (proveedores, trabajadores, clientes, etc.) a infringir aquellos deberes que, por contrato, se habían obligado a cumplir respecto a los competidores.
- Las que pretenden la obtención de una ventaja competitiva partiendo de la violación de las normas establecidas.
Otro tipo de actos
La publicidad ilícita, es decir, aquélla que está enfrentada a la dignidad de las personas, que busca que personas menores de edad adquieran determinados bienes o servicios sirviéndose de su inexperiencia o que publicita productos de gran riesgo para la salud, también está considerado un acto de competencia desleal.
La venta a pérdida también está considerada una práctica comercial desleal cuando:
- Sea susceptible de inducir a error a los consumidores acerca del nivel de precios de otros productos o servicios del mismo establecimiento.
- Se intente desacreditar la imagen de un producto o establecimiento ajeno.
- Forme parte de una estrategia global encaminada a eliminar a un competidor o a un grupo de competidores del mercado.
También está considerado comportamiento desleal que una empresa discrimine de manera injustificada a sus consumidores o se aproveche de aquellos proveedores cuya actividad depende fundamentalmente de ella.
Acciones contra la competencia desleal
¿Qué puede hacerse contra los actos de competencia desleal? Las que a continuación indicamos son algunas de las acciones que pueden presentarse contra los actos de competencia desleal.
- Acción declarativa de deslealtad.
- Acción de remoción de los efectos producidos por la conducta desleal.
- Acción de rectificación de informaciones engañosas, incorrectas o, directamente, falsas.
- Acción de resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados si ha existido dolo.
- Acción de cesación de la conducta desleal.
- Acción de prohibición si la conducta desleal no ha sido puesta todavía en práctica.
- Acción de prohibición de que una determinada conducta desleal pueda reiterarse en el futuro.
- Acción de enriquecimiento injusto.