Bienvenidos a nuestro bufete de abogados que trabaja en toda Andalucía con sus asociados en Sevilla, Málaga, Córdoba, Granada, Jerez de la Frontera, Almería, Marbella, Huelva, Dos Hermanas, Algeciras, Cádiz, Jaén, ... En nuestro despacho encontrarás al mejor abogado en cualquier especialidad del Derecho (laboralista, penalista, extranjería, divorcio, herencias, de familia, inmobiliario, matrimonialista, accidentes de tráfico, mercantil, civil, etc...).

Todos nuestro listado de profesionales pertenecen al colegio de abogados de su ciudad y en algunos casos combinan su actividad como abogado de oficio como particular a precios muy baratos.

¿Cuanto cobra un abogado en Andalucía?

Nuestros servicios son muy económicos y es por ello que no podemos ofrecer la primera visita gratis. También disponemos de servicios de consulta online, ya bien sea por Whatsapp, teléfono, videoconferencia o por mail. No importa la especialidad que usted necesite de abogacía, nuestros expertos penalistas, laboralistas, inmobiliarios, mercantiles, matrimonialistas, etc. se adaptan a los tiempos de hoy en día ofreciendo asesoramiento online. Algo que hace que nuestros precios sean muy baratos, aunque no gratis pero en consultas concretas puede ahorrar decenas de euros.

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Puede contactar con nosotros o enviarnos sus consultas online enviándonos un mail a info@bufete-de-abogados.com o rellenando el siguiente formulario:

    Bufete de abogados en Andalucía

    Casos de éxitos con nuestros clientes en Andalucía

    ¿Vives en Sevilla y necesitas el asesoramiento de un especialista en Derecho Laboral? ¿Resides en Málaga y quieres reclamar judicialmente las deudas impagadas de un cliente moroso? ¿Tienes una empresa en Córdoba y buscas una despacho de letrados expertos en materia fiscal, laboral y contable que te asesore en materia tributaria y mercantil? Si resides en cualquier población de la comunidad autónoma de Andalucía y necesitas asesoramiento en estas materias o en cualquier otra rama del Derecho puedes confiar con nuestros juristas asociados en la comunidad andaluza. Su currículum de éxitos profesionales es su mejor carta de presentación.

    Nuestros especialistas en Derecho Sucesorio, de Famila, de Extranjería, Civil, Penal, Laboral, etc. en las mencionadas localidades y también en Granada, Jerez de la Frontera, Almería o Marbella (por citar solo las poblaciones andaluzas más pobladas), han cosechado desde el nacimiento de nuestro bufete coworking de profesionales de la Abogacía un amplio listado de éxitos y triunfos profesionales.

    A continuación vamos a realizar un breve listado de algunos de esos éxitos. A todos ellos los une una misma voluntad: la de prestar a nuestros clientes el mejor servicio jurídico con los precios más competitivos del mercado.

    Abogados Sevilla

    Éxito en una mediación entre hermanos por una herencia paterna

    Uno de los casos de herencia más complejos que hemos tenido en los últimos timempos ha sido el que pasamos a exponer a continuación. Hace referencia a la herencia de Rafael S.C., viudo de 80 años, residente en El Carpio (Córdoba) y padre de tres hijos: Rafa, de 50 años; Paula, de 48 y Elvira de 43. El primero de los hijos, Rafa, reside también en El Carpio y trabaja en el campo, en la que fue la explotación agraria familiar. Paula es profesora asociada en la Universidad de Granada y reside en la capital granadina. Elvira, por su parte, reside en Córdoba, en el piso en el que vivió la familia cuando ellos eran niños y en el que ella siguió cuidando de sus padres hasta el fallecimiento de la madre. Al fallecer la madre, Rafael regresó a El Carpio y Elvira siguió viviendo allí.

    A la muerte de Rafael, los hijos se enfrentaban a una situación desconocida. No sabían cómo debían actuar legalmente. De hecho, ni siquiera sabían si el padre había otorgado o no testamento. Por otro lado, reinaba la desconfianza entre ellos. Rafa, que se había ocupado de las tierras familiares, sostenía que su padre siempre había dicho que las tierras serían para él, pues era él quien había invertido en ellas y quien las había trabajado. Elvira, por su parte, sostenía lo mismo respecto al piso de Córdoba. Después de todo, afirmaba Elvira que había dicho su padre, ella se había ocupado de cuidar a su madre durante su larga enfermedad. Ante la situación, Paula propuso recurrir a un letrado que pudiera ayudarles a desencallar la situación. Así fue cómo los hijos de Rafael contactaron con uno de nuestros togados expertos en herencias.

    Abogados Málaga

    Tras contactar con nosotros y una vez localizado el testamento otorgado por Rafael varios años antes, descubrimos que en éste se especificaba que los tres hermanos eran declarados en el mismo herederos a partes iguales. Nuestro jurista experto en Derecho Sucesorio asociado en Andalucía, y con amplia experiencia en mediaciones de este tipo en casos sobrevenidos en Málaga, Marbella, Almería, Jerez de la Frontera o Huelva, decidió programar tres reuniones individuales, una con cada uno de los hermanos. Dichas reuniones debían servir para conocer las aspiraciones y el sentir de cada uno de los herederos de Rafael.

    Gracias a estas reuniones, nuestro togado pudo comprobar que Rafa tenía miedo a perder su modo de vida si sus hermanas se empeñaban en vender las tierras, Paula exigía ante todo “lo que era suyo” y Elvira prestaba más importancia a lo que pudieran o no desear sus hermanos que a sus propios deseos. En ella imperaba, ante todo, la desconfianza.

    Tras realizar un trabajo previo de concienciación, nuestro jurista asociado en Córdoba decidió convocar una reunión conjunta con los tres hermanos. Menos reticentes ya a la posibilidad de llegar a un acuerdo, elaboraron de forma conjunta un inventario de bienes, los valoraron e hicieron sus propuestas de solución. Poco a poco, tras otra reunión y tras haber estudiado cada uno de ellos las propuestas de solución de sus hermanos, fueron acercando posiciones hasta llegar a un acuerdo que se anexionó a la escritura de aceptación de herencia.

    Abogados Córdoba

    Los acuerdos principales a los que llegaron los tres hijos de Rafael fueron los siguientes:

    • Las tierras, propiedad de los tres, serían explotadas por Rafa. Llegado el caso de que éste dejara de explotarlas, las tierras se venderían y el beneficio resultante de la venta se repartiría entre los tres a partes iguales.
    • Se vendería la casa familiar de El Carpio (vivienda en la que residía Rafael al fallecer). Los beneficios de la venta se repartirían entre los hermanos de la siguiente manera: 50% para Paula, 25% para Rafa y 25% para Elvira.
    • Elvira seguiría viviendo en el piso de Córdoba. En un plazo de 5 años, sin embargo, debería marchar a vivir a otro domicilio, bien de alquiler, bien de propiedad. En el momento de su marcha, el piso que había sido de la familia se vendería y los beneficios obtenidos de dicha venta se repartirían del siguiente modo: 50% para Elvira, 25% para Rafa y 25% para Paula.

    Como vemos, la tarea de mediación de nuestros expertos en Derecho Sucesorio en Andalucía permitió el que no fuera necesario recurrir a un juicio de testamentaría para poder repartir la herencia de Rafael. Nuestros clientes, además, pudieron mantener la buena relación familiar sin que, como sucede en otros casos, el reparto del caudal hereditario de los padres sea motivo de conflictos y diferencias dolorosas entre hermanos.

    Abogados Granada

    Éxito en un caso de divorcio en que se solicita modificación de la custodia

    De la misma forma que las herencias generan conflictos, también los divorcios y separaciones provocan litigios por mucho que se haya establecido en ellos un régimen regulador aceptado y firmado por ambas partes. Y es que las circunstancias vitales cambian y, así, son muchas las situaciones en las que una de las partes solicitan la modificación del régimen. En ciertas ocasiones se pide la modificación de la pensión de alimentos. En otras, la modificación del régimen de custodia. En el ejemplo que vamos a explicar a continuación, era precisamente esto lo que se solicitaba.

    El caso es el siguiente: Manuel y Carmina, residentes en Sevilla, se habían divorciado seis años atrás. En el momento de romper el vínculo matrimonial, Carmina y Manuel eran padres de dos hijas menores de edad. El divorcio había sido un divorcio de mutuo acuerdo y en el convenio regulador se fijaba la custodia compartida de las menores. Cada semana las niñas estarían, de forma alternativa, con uno de sus progenitores.

    Transcurridos esos seis años, tanto Carmina como Manuel encontraron pareja. Esto supuso un punto de inflexión en la relación de las niñas con sus padres. La mala relación de las hijas con la pareja de Manuel provocaba continuas discusiones durante la semana que a las niñas les tocaba residir en casa de su padre. Esto provocó que la hija mayor (de 14 años de edad) decidiera no acudir a casa de su padre, quebrantando así el régimen de visitas. Apoyada por su madre, la hija mayor de Manuel dejó de visitarle. Su madre, además, solicitó la modificación del tipo de custodia. Ante tal situación, Manuel se puso en contacto con nuestro bufete.

    Abogados Jerez de la Frontera

    La primera medida solicitada por nuestro letrado experto en divorcios y separaciones fue solicitar que se suspendiera momentáneamente el pleito principal de modificación de medidas mientras la familia al completo acudía a terapia familiar para, con ello, intentar restaurar la situación previa al conflicto. Carmina se opuso a la propuesta de nuestro bufete, solicitando la modificación definitiva del régimen regulador y el establecimiento de la custodia individual de las niñas.

    La Fiscalía defendió nuestra misma postura y, finalmente, la Juez dictaminó que es importante que las menores se relacionen con su padre, por lo que aprobó y ordenó la realización de las pertinentes sesiones de terapia familiar propuestas por nuestro togado.

    Mientras durara la terapia familiar, la Juez determinó también que se adoptarían una serie de medidas medidas provisionales. Dichas medidas, dictadas por auto, consistieron en la obligatoriedad de que las hijas de Manuel estuvieran todos los fines de semana con él y lo visitaran un día entresemana. En dichas medidas, y a la espera de que se determinara judicialmente si la custodia seguiría siendo compartida o se modificaría a indiviudal, se fijaba también una pensión de alimentos y la distribución de los gastos extraordinarios entre Manuel y Carmina.

    Finalizada la terapia familiar, y conseguido el acercamiento entre las menores y la pareja de su padre, se determinó judicialmente que la custodia siguiera siendo compartida. Nuestro representado, pues, pudo seguir disfrutando de la presencia de sus hijas en su casa en semanas alternas.

    Abogados Almería

    Éxitos en demandas a morosos de Comunidades de Propietarios en Andalucía

    Una de las especialidades en que más han brillado en los últimos años nuestros letrados asociados en Andalucía ha sido en la reclamación a morosos de las Comunidades de Propietarios. Éstas figuran en lugar preferencial entre nuestros clientes. En todos esos casos, acaecidos en comunidades de vecinos de lugares tan diversos como Huelva, Dos Hermanas, Algeciras, Cádiz o Jaén, nuestros expertos en la Ley de Propiedad Horizontal actúan del mismo modo, que no es otro que el marcado por la Ley.

    En primer lugar, solicitamos a la comunidad que acuerde en Junta tanto el importe de la deuda como la decisión de iniciar la reclamación. Tras ello, se notifica al moroso mediante burofax con acuse de recibo el importe de la cantidad adeudada, se le reclama el pago y se le avisa de que, en caso de no proceder a éste, se procederá a realizar las acciones judiciales oportunas.

    Tras no recibir contestación alguna por parte del vecino moroso, nuestros expertos recomiendan a nuestros representados el solicitar el procedimiento monitorio especial para comunidades. Admitido el monitorio, se requiere al moroso del pago de la deuda en un plazo de 20 días y se le ofrece la oportunidad de oponerse al pago alegando aquello que considere oportuno.

    Abogados Marbella

    Llegados a este punto pueden suceder tres cosas:

    • Que el moroso pague. En esta situación se da por finalizado el procedimiento.
    • Que no conteste al requerimiento. En este caso, se dicta auto condenando al pago. Si no se cumple con lo dictado en el auto, se ejecuta el mismo frente a los bienes del moroso.
    • Que se opusiera. En este caso, se abriría un nuevo procedimiento, en este caso declarativo. Si en la sentencia del mismo se condena al pago de lo adeudado y dicho pago no se realiza, se instará al cumplimiento forzosos de aquella mediante un nuevo procedimiento de ejecución.

    Los éxitos conseguidos por nuestros asociados en este tipo de reclamaciones de deudas son muy numerosos en toda la comunidad andaluza. Dichos éxitos acompañan a todos los conseguidos en otras ramas del Derecho. Aquí solo hemos querido hablar de unos cuantos de ellos. Deben bastar, en cualquier caso, para dar cuenta de la profesionalidad y el buen hacer de nuestros juristas. Todos ellos dan lo mejor de sí para defender los derechos legales de nuestros representados.

    Abogados Huelva