Bienvenidos a nuestro bufete de abogados que trabaja en toda Catalunya con sus asociados en Barcelona, Tarragona, Lleida, Girona, L'Hospitalet de Llobregat, Badalona, Sabadell, Terrassa, ... En nuestro despacho encontrarás al mejor abogado en cualquier especialidad del Derecho (laboralista, penalista, extranjería, divorcio, herencias, de familia, inmobiliario, matrimonialista, accidentes de tráfico, mercantil, civil, etc...).
Todos nuestro listado de profesionales pertenecen al colegio de abogados de su ciudad y en algunos casos combinan su actividad como abogado de oficio como particular a precios muy baratos.
¿Cuanto cobra un abogado en Catalunya?
Nuestros servicios son muy económicos y es por ello que no podemos ofrecer la primera visita gratis. También disponemos de servicios de consulta online, ya bien sea por Whatsapp, teléfono, videoconferencia o por mail. No importa la especialidad que usted necesite de abogacía, nuestros expertos penalistas, laboralistas, inmobiliarios, mercantiles, matrimonialistas, etc. se adaptan a los tiempos de hoy en día ofreciendo asesoramiento online. Algo que hace que nuestros precios sean muy baratos, aunque no gratis pero en consultas concretas puede ahorrar decenas de euros.
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Casos de éxitos con nuestros clientes en Catalunya
Que el buen hacer profesional no está reñido con el ofertar unas tarifas económicas lo demuestran los múltiples éxitos que hemos obtenido en los diferentes campos del Derecho en estos últimos años.
Nuestros letrados, expertos cada uno en su materia, garantizan a nuestros clientes la defensa de sus intereses y los hechos lo demuestran. Un ejemplo de dicha profesionalidad es el referente al litigio por divorcio entre Manuel C.R. y Juana P.B.
Juana y Manuel, residentes ambos en Barcelona, llevaban cinco años divorciados cuando ella recurrió a nuestros servicios. En el convenio regulador de su divorcio se había establecido, entre otras cláusulas, que Manuel debía pagar cada mes a su exmujer un total de 700 euros. Con ese dinero debía cubrirse la pensión alimenticia de los dos hijos que el matrimonía tenía en común y la mitad de la hipoteca de la vivienda familiar y que era propiedad de ambos cónyuges al 50%.
Tras esos cinco años transcurridos desde la firma de su divorcio de común acuerdo, la impuntualidad en los pagos de Manuel y el hecho de que dichos pagos no llegaran siempre en su totalidad hicieron que Juana comenzara a tener dificultades para sostener los gastos de educación, alimentación, etc. de sus hijos.
Ante tal perspectiva, Juana se puso en contacto con nosotros. Tras informarse sobre los problemas de nuestra clienta, uno de nuestros expertos en Derecho de Familia analizó y estudió la situación económica de Manuel. Éste era propietario de una pequeña empresa de instalación de puertas y ventanas de aluminio en L’Hospitalet de Llobregat, aunque residía en Barcelona, en el mismo barrio en que lo hacían su mujer y sus hijos.
Nuestro jurista especializado en derecho familiar comprobó que el negocio de Manuel en L’Hospitalet de Llobregat garantizaba a éste la suficiente estabilidad financiera como para poder seguir realizando los pagos de la pensión compensatoria por divorcio tal y como lo había venido haciendo durante los cinco años anteriores.
Para poner fin a la situación, nuestro letrado de asuntos familiares asesoró a nuestra clienta para que ésta presentara una demanda en el Juzgado de Instrucción reservándose al mismo tiempo la opción de emprender acciones civiles si, llegado el momento, se consideraba oportuno.
Tras iniciarse las diligencias previas, habiéndose declarado Manuel insolvente y habiendo sido trasladadas aquéllas al Juzgado de lo Penal, nuestro togado presentó las pruebas que demostraban la falsedad de la insolvencia alegada por el deudor. En base a ello, la Juez titular del Juzgado condenó a la parte demandada a una multa de 10 meses, a la satisfacción de las pensiones adeudadas y al pago de una indemnización por daños morales a Juana.
Este triunfo de nuestro experto en divorcios y separaciones matrimoniales que os hemos contado es tan solo uno más de entre los múltiples triunfos de nuestros juristas tanto en sede judicial como en la realización de todo tipo de trámites legales.
Éxito en asesoramiento legal en herencias
Otro ejemplo en el que podemos resaltar la profesionalidad y el buen hacer de nuestros letrados es el de la herencia de José P.B. Natural de Lleida y residente en Tarragona, con tres hijos y fallecido a la edad de 80 años, José había desheredado a su hijo mediano, Lucas, varios años antes de fallecer. Fallecido el padre y llegado el momento del reparto de la herencia, los hermanos de Lucas reclamaban para sí la propiedad de un local que José había donado a su hijo mediano pocos años antes de desheredarlo y con el fin de que éste lo utilizara como sede de su negocio de frutería al por menor.
Enfrentado a sus hermanos, Lucas recurrió a nuestros servicios para defender sus intereses y, al mismo tiempo, los de su hijo, Lucas Jr. Una de las cuestiones que más preocupaban a Lucas cuando llamó a nuestra puerta era si su desheredación afectaba también a los derechos de herencia que su hijo pudiera tener respecto a los bienes legados por su padre.
Uno de nuestros juristas especializados en herencias y Derecho Sucesorio defendió los intereses de Lucas y demostró que, no habiendo sido revocada por el padre la donación del local, sito en la localidad de LLeida, ésta permanecía siendo completamente válida. Es decir: que el local por el que litigaban sus hermanos pertenecía, legalmente, a Lucas.
Respecto al derecho de Lucas Jr. a una parte de la herencia de su abuelo, nuestro togado experto en cuestiones sucesorias asesoró a Lucas informándole de que la Ley determina que los hijos de un desheredado ocupan la posición de éste en la herencia conservando sus derechos como legitimarios, aunque quedando limitados éstos a lo que se conoce como legítima estricta.
Satisfecho con el asesoramiento prestado por nuestro despacho coworking de juristas y letrados, Lucas conservó el local que su padre le había donado y Lucas Jr., residente en Tarragona junto a su madre, pudo recibir la parte que legalmente le correspondía del caudal hereditario de su abuelo.
Recuperación de rentas de alquiler adeudadas
Otra de las ramas del Derecho en la que los letrados y especialistas jurídicos de nuestro despacho están abonados al éxito es la de las reclamaciones de impagos. Entre ellas, abundan aquéllas en las que lo que se reclama son rentas de alquiler no satisfechas.
Son muchos los propietarios que recurren a nuestros servicios solicitando asesoramiento para poder recuperar rentas adeudadas por aquellos inquilinos a quienes han arrendado alguna propiedad. Uno de los más recientes de estos propietarios ha sido Ángel J.Z.
Ángel es dueño de un piso en Girona. En 2016, Ángel firmó con Victoria R.R. un contrato de alquiler de dicho inmueble. El contrato era de larga duración y en él se fijaba una renta mensual de 400 euros durante el primer año y una actualización que debería realizarse anualmente en base al IPC. En el contrato se fijaba también que los gastos de conservación del inmueble, así como las reparaciones y los consumos de agua, gas natural y electricidad correrían a cargo del arrendatario.
Ángel se puso en contacto con nuestros asociados en Girona en mayo de 2019. Desde enero de ese año, Victoria no había abonado el importe de la renta. La deuda ascendía a algo más de 1.700 euros. El propietario había reclamado reiteradamente lo adeudado a la inquilina pero ésta alegaba no poder hacer pago alguno. ¿Qué podía hacer ante dicha situación?, nos preguntó Ángel.
Le pusimos a su servicio a uno de nuestros mejores especialistas en Derecho Inmobiliario. Él había ayudado a resolver situaciones semejantes en Sabadell y en Terrassa, poblaciones del Vallès Occidental en las que había prestado sus servicios legales anteriormente y en las que había adquirido una sólida experiencia.
Nuestro experto preguntó primeramente a Ángel si, en caso de que la inquilina liquidara la deuda, él consentiría en el mantenimiento del contrato de alquiler vigente hasta esa fecha. Nuestro cliente nos dijo que no. Fue entonces cuando nuestro especialista aconsejó a Ángel la reclamación por escrito del pago de las rentas, ya que con dicho escrito se evitaba que la inquilina deudora pudiera enervar la acción mediante el pago de lo adeudado.
No habiendo obtenido respuesta alguna a dicho escrito, nuestro despacho aconsejó al cliente acreedor la presentación de una demanda judicial por impago de alquileres. En dicha demanda se especificó que se aceptaba una quita parcial de la deuda en caso de que la inquilina se comprometiera a desalojar la vivienda objeto del litigio en un plazo no superior a un mes.
La respuesta de la inquilina deudora a la propuesta de nuestro cliente fue expresar su incapacidad para hacer frente a pago alguno. La condonación parcial de la deuda no le permitía, tampoco, hacer frente al pago de la nueva cantidad. Se avenía a abandonar el piso y se comprometía a hacerlo de forma automática si se le perdonaba la deuda completa.
Nuestro cliente no aceptó dicho trato, por lo que nuestra tarea fue, a partir de ese momento, asesorarle y representarle en el juicio. En éste se decretó el desahucio de la inquilina deudora y, no habiendo abandonado ésta el inmueble en la fecha determinada para ello, se procedió a su lanzamiento. El Juez decretó también el embargo del salario de la deudora en el porcentaje legalmente establecido.
Aunque lentamente (el salario de Victoria excedía en apenas 300 euros el salario mínimo interprofesional), Ángel fue recuperando las rentas adeudadas por su inquilina, sintiéndose plenamente satisfecho por el asesoramiento prestado por nuestro especialista en impagos de alquileres. Éste había aprovechado la experiencia adquirida en Terrassa y Sabadell como jurista especializado en la reclamación de deudas para prestar a nuestro cliente el servicio que debe esperarse de un gabinete de juristas de confianza.
Éxitos en la reclamación de indemnizaciones a la Administración
Plenamente también satisfecho de nuestros servicios quedó Jordi F.F. Este motorista circulaba por una calle de Badalona cuando, debido a una irregularidad en el firme de la calzada, perdió el equilibrio, cayó de la motocicleta y sufrió una serie de daños físicos que le obligaron a ser intervenido quirúrgicamente, a ser ingresado durante tres días, a permanecer varias semanas de baja médica y a iniciar una larga y dificultosa recuperación.
La motocicleta, además, quedó severamente dañada, por lo que fue necesario acudir a un taller mecánico para repararla. La reparación de la moto costó 845 euros.
Jordi, convencido de que el accidente era debido a la irregularidad de la calzada por falta de mantenimiento, presentó una queja frente al Ayuntamiento de Badalona y, ante la falta de respuesta de éste, acudió a nuestro bufete pidiendo ayuda.
Nuestro letrado experto en indemnizaciones y reclamaciones de daños por accidente, con el atestado policial del accidente en la mano y con toda la documentación médica, la declaración de un testigo del accidente y la factura de la reparción de la motocicleta, asesoró a Jordi sobre cómo debían realizarse los trámites y sobre cómo debía cursarse una demanda por responsabilidad patrimonial a la Administración.
En nuestra demanda se solicitaba una indemnización que cubriera los días de baja impeditiva de Jordi, los de baja no impeditiva y la reparación de la motocicleta. También se valoraban (en base a los baremos establecidos para ello) las secuelas que el accidente había dejado en nuestro representado. En base a todo ello se reclamaba una indemnización de 9.587,25 euros.
El Ayuntamiento de la localidad barcelonesa, y con él su compañía aseguradora, sostuvieron que no existía nexo causal entre los daños reclamados por Jordi y la actuación de la Administración, desligando la existencia de la irregularidad en la vía del accidente sufrido ella. La culpa del accidente, alegaba el Ayuntamiento, era de la víctima.
Ante tal postura, se recurrió a la vía judicial y se presentó un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Valorados los distintos factores y escuchados los argumentos de las partes, el Juez dictó sentencia concediendo a nuestro representado una indemnización del 80% de lo reclamado.
El caso de Jordi es solo uno más de los tratados por nuestros especialistas jurídicos en reclamación de daños e indemnizaciones. Resultar vencedores en estos casos supone siempre una gran alegría para nuestro equipo. Satisfacer a nuestros clientes y conseguir que estos alcances sus objetivos en cualquier tipo de situación legal es, sin duda, nuestro mayor premio.