El panorama de la Extranjería en España dio un giro con la aprobación del nuevo Reglamento aprobado como Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, publicado en el BOE núm. 280 (20/11/2024). La norma deroga el anterior RD 557/2011 y entró en vigor el 20/05/2025, con el objetivo declarado de modernizar procedimientos y reducir la carga administrativa.

El Gobierno presentó el reglamento como una herramienta para “reducir plazos y trámites, eliminar duplicidades y reforzar derechos”, acompañando su implantación de campañas formativas en oficinas de Extranjería antes de la entrada en vigor. El texto íntegro está disponible en la sede electrónica del BOE (BOE‑A‑2024‑24099).

Marco legal y entrada en vigor

El Real Decreto 1155/2024 fue aprobado el 19 de noviembre de 2024 y publicado oficialmente en el BOE el 20 de noviembre de 2024 (núm. 280). La disposición derogatoria expone que el anterior Reglamento de Extranjería (RD 557/2011) queda sustituido por un marco actualizado que pretende adaptarse a los desafíos actuales de movilidad y empleo.

La entrada en vigor se produjo el 20 de mayo de 2025 tras meses de campañas informativas y formación del personal administrativo. Las notas oficiales subrayan que la implantación debía acompañarse de refuerzos en plantilla y protocolos homogéneos para evitar discrepancias entre oficinas.

Como referencia técnica y para consultas, el texto consolidado del Real Decreto (BOE‑A‑2024‑24099) ofrece la redacción completa y las disposiciones transitorias que regulan la adaptación de procedimientos previos y la convalidación de solicitudes en trámite.

Objetivos y alcance del reglamento

Oficialmente, el Ejecutivo defiende que la norma moderniza la gestión migratoria, reduciendo plazos y trámites, eliminando duplicidades y reforzando derechos. La ministra Elma Saiz afirmó que la norma permitirá “mayores garantías y rigor jurídico” y facilitará que “cada persona, de manera individualizada, va a poder ver cuál es su situación”.

En términos cuantitativos, el Gobierno y su comunicación pública estimaron en noviembre de 2024 que el reglamento podría facilitar la regularización de hasta 900.000 migrantes en los tres años siguientes. Esa cifra ha sido usada para justificar el alcance de las medidas y los refuerzos administrativos.

Tras la entrada en vigor, el balance ministerial del 21/11/2025 informó de un aumento del 46,2% en las solicitudes de residencias y autorizaciones de trabajo respecto al periodo anterior, lo que indica un impacto inmediato en la demanda de trámites y en la carga sobre las oficinas.

Cambios en las figuras de arraigo

Uno de los cambios más relevantes es la homogeneización y ampliación de las figuras de arraigo: el reglamento reconoce cinco modalidades , arraigo social, sociolaboral, socioformativo, familiar y arraigo de segunda oportunidad, para cubrir situaciones diversas.

Además, el plazo mínimo de residencia continuada exigido para la mayoría de las modalidades se reduce de tres a dos años, lo que abre puertas a personas con estancias más cortas que hasta ahora no cumplían requisitos formales para obtener permisos.

No obstante, organizaciones y colectivos han detectado tensiones en la práctica: aunque los criterios se homogeneizan en el texto, la evaluación de informes sociales y de vivienda, así como la interpretación local de requisitos, sigue variando entre municipios, provocando dudas sobre la igualdad de trato en la aplicación de las nuevas figuras.

Vías laborales y situaciones de estudiantes

El reglamento incorpora flexibilizaciones laborales relevantes: algunas autorizaciones permiten trabajar desde el primer día , incluida la actividad por cuenta propia, y el visado de búsqueda de empleo se amplía hasta 1 año. Las autorizaciones iniciales se establecen en 1 año con renovaciones que pueden llegar a 4 años.

Para estudiantes extranjeros se introducen cambios significativos: se permite trabajar más horas en determinados supuestos (informes oficiales y medios han apuntado hasta 30 horas semanales) y se admite que hasta el 50% de la formación pueda cursarse en modalidad online en circunstancias concretas.

En materia de requisitos contractuales, la norma busca flexibilizar exigencias para el arraigo sociolaboral: se han reducido determinadas jornadas mínimas en contratos, con menciones periodísticas y de ONG sobre rebajas de umbrales de 30 a 20 horas en supuestos específicos. Estas reformas pretenden facilitar el acceso al mercado laboral formal.

Reagrupación familiar y requisitos especiales

El reglamento introduce novedades para la reagrupación familiar: se crea un permiso específico para familiares de españoles y se amplía la edad para reagrupar hijos hasta los 26 años, frente a los 21 anteriores. Asimismo, se permite iniciar ciertos trámites desde territorio español, sin obligar siempre a tramitarlo en el consulado.

En cuanto a ascendientes, el texto exige acreditar dependencia económica a partir de los 65 años, con excepciones previstas , por ejemplo, para mayores de 80 años, . La intención es equilibrar el derecho a la reunificación con requisitos de sostenibilidad en prestaciones y atención social.

Las modificaciones también afectan a criterios municipales y al papel de los informes sociales: municipios como Lorca han abierto debates y revisiones de ordenanzas en enero de 2026, señalando variaciones en la proporción de informes favorables y solicitando criterios más claros para homogeneizar decisiones locales.

Críticas, riesgos y recursos judiciales

ONG y defensores de derechos han celebrado algunas mejoras, pero han alertado de efectos adversos. CEAR, por ejemplo, advirtió que el reglamento penaliza a solicitantes de asilo porque el tiempo en trámite ya no se computa para acceder al arraigo en caso de denegación; Elena Muñoz (CEAR) señaló los posibles efectos negativos para quienes piden protección internacional.

Medios e investigaciones han advertido del riesgo de empujar a “miles” a la irregularidad si los periodos en trámite de asilo no se contabilizan y si persisten disparidades entre oficinas. Un reportaje de El País citó además que la tasa de aceptación de asilo en el periodo referido era baja (≈18,5%), multiplicando la preocupación sobre quiénes quedarían fuera de vías de regularización.

Ante estas críticas, colectivos han presentado recursos ante el Tribunal Supremo y se han impulsado iniciativas legislativas populares (ILP) y movilizaciones sociales que buscan complementar o modificar las vías de regularización previstas en el reglamento. La tensión entre agilizar trámites y garantizar protección continúa siendo central en el debate público.

En conjunto, el nuevo Reglamento de Extranjería ofrece avances significativos en simplificación y apertura de vías para muchos perfiles, pero plantea desafíos de implementación y protección que requieren seguimiento, refuerzo administrativo y posibles ajustes legales.

La puesta en marcha demuestra que la política migratoria busca compatibilizar inclusión y control, pero el éxito dependerá de recursos, formación, criterios homogéneos en las oficinas y del diálogo entre administraciones, sociedad civil y el poder judicial.