Un extranjero que desee obtener un permiso de residencia en España, ¿cuánto debe esperar para obtenerlo?. Presentada la documentación exigida en cada un de los tipos de permisos y abonadas las tasas correspondientes y que se van actualizando cada año, ¿cuánto tiempo se tarda en obtenerlo?
La Ley determina que la Oficina de Extranjería en la que se haya entregado la documentación, así como el formulario por duplicado correspondiente al tipo de solicitud tiene un plazo de 3 meses para manifestarse sobre la solicitud y, en su caso, expedir el permiso.
A la hora de presentar la documentación hay que tener presente que hay diversos tipos de formularios dependiendo el tipo de permiso de residencia que se solicita. Los más importantes serían los siguientes:
- Modelo EX-01: Solicitud de autorización de residencia temporal no lucrativa.
- Modelo EX-02: Solicitud de Autorización de residencia Temporal por Reagrupación Familiar.
- Modelo EX-09: Solicitud de autorización de estancia o residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo.
- Modelo EX-10: Solicitud de autorización de residencia o residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.
- Modelo EX-11: Solicitud de autorización de residencia de larga duración o de larga duración-UE.
Transcurrido el plazo de 3 meses sin comunicación alguna, el solicitante debe entender la situación de silencio administrativo como una situación de rechazo de su solicitud.
Una vez concedido el permiso y autorizada la residencia, el extranjero debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) bien en la Oficina de Extranjería, bien en la Comisaría de Policía donde tramitó la autorización y en el plazo de un mes desde su entrada en España o desde que la autorización le hubiera sido concedida o cobrara vigencia.
A continuación vamos a explicar el proceso de solicitud de la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
¿Qué es y cómo y dónde obtener la TIE?
La Tarjeta de Identidad de Extranjero es el único documento que justifica la situación de permanencia legal en España de un extranjero. Con ella se demuestra que el titular de la misma está autorizado a permanecer en territorio español por un tiempo superior a seis meses.
Así, serán los extranjeros a los que se les haya expedido un visado por un período superior a seis meses quienes puedan solicitar la Tarjeta de Identificación de Extranjero.
También se deberá solicitar cuando se produzca una renovación, una modificación de la situación o algún cambio de datos de la Tarjeta o cuando ésta haya sido robada, perdida, destruida o inutilizada.
Quienes soliciten la Tarjeta de Identidad de Extranjero por vez primera deberán hacerlo antes de un mes desde su entrada en España o desde que la autorización haya sido concedida o cobre vigencia. A quien se la hayan robado, la haya perdido o a quienes se les haya quedado inutilizada deberán solicitarla de nuevo desde el momento en que se produjo el robo, el extravío, la destrucción o la inutilización de la tarjeta.
Para que las autoridades puedan expedir la TIE es necesario que se haya reconocido el derecho a permanecer en territorio español y que se hayan abonado las tasa fiscales legalmente establecidas.
Para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero el interesado se dirigirá a la Oficina de Extranjeros o a una Comisaría de Policía de la provincia en la que tenga fijado su domicilio.
Para pedir la TIE habrá que presentar la solicitud en modelo oficial (modelo EX-17), original y copia, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante.
Junto al modelo EX 17 hay que presentar también:
- Pasaporte o título de viaje en que conste la fecha de entrada en España.
- Justificante del abono de la tasa de la tarjeta. La tasa es distinta en los casos de primera concesión, renovación o prórroga, autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales y permiso de residencia de larga duración.
- Acreditación de afiliación y/o alta en la Seguridad Social, en aquellos casos en los que fuera necesario.
- Fotografía reciente en color, en fondo blanco, de tamaño carnet.
En los casos en los que se solicite la TIE por extravío o robo, deberá presentarse la denuncia. En caso de que se solicitara la Tarjeta de Identidad de Extranjero por haber quedado inutilizada la que se posee, deberá presentarse la tarjeta inutilizada.
La TIE tiene un período de vigencia idéntico al de la autorización o reconomiento del derecho que justifca su expedición. Su validez acaba al mismo tiempo que la del permiso o autorización.
No tienen obligación de solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero quien posea una autorización de residencia y trabajo de temporada.