El padecer un accidente cuando se viaja en un transporte público da derecho a una indemnización. Para cobrar dicha indemnización, sin embargo, deben cumplirse ciertos requisitos. Conservar el billete y un parte médico o policial que acredite que entre las lesiones sufridas y el accidente padecido existe una relación directa es fundamental a la hora de cobrar una indemnización por accidente en transporte público.
Al comprar un billete para metro, tren, autobús, barco, etc. lo que se está haciendo es formalizar un contrato con la empresa de transportes. El formalizar dicho contrato conlleva la cobertura de lo que se llama Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV).
El Seguro Obligatorio de Viajeros cubre al viajero por daños corporales tanto durante el trayecto como a la entrada o salida del medio de transporte e, incluso, en el momento en que se deposita en el mismo el equipaje.
El Seguro Obligatorio de Viajeros está regulado en el Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre (y publicado en el BOE del 28 de diciembre de ese mismo año) y ampara a todos los usuarios que utilizan medios de locomoción destinados al transporte público colectivo de personas.
El Seguro Obligatorio de Viajeros cubre los casos de todo tipo de lesiones (por leves que sean), muerte, incapacidad temporal o permanente y cualquier circunstancia en la que un viajero, debido a un accidente sufrido en transporte público, precise de atención médica.
El SOV cubre al viajero incluso cuando el accidente no es debido al conductor del transporte público. En estos casos, el viajero puede aprovecharse de la concurrencia de dos tipos de indemnización. Una de ellas sería cubierta por el SOV. La otra, por el Seguro Obligatorio de Automóviles del vehículo que haya provocado el accidente. Eso sí, el SOV no cubre a ningún viajero que haya podido causar el accidente en estado de embriaguez o bajo los efectos de algún tipo de sustancia estupefaciente.
Algo que muchos viajeros no saben es que para tener derecho a solicitar una indemnización por accidente en transporte público no es necesario que se produzca dicho accidente. Puede bastar con que una persona caiga debido a una maniobra brusca del conductor o a un frenazo. Si se diera este caso, el viajero debería comunicárselo de inmediato al conductor para, en ese mismo instante, rellenar un parte de accidente que dé cuenta de la circunstancia acaecida.
Para realizar la reclamación de una indemnización por accidente en transporte público es preciso disponer del billete. Existen ciertos casos, sin embargo, en que la posesión del billete para reclamar una indemnización puede no ser necesaria. Los menores y el personal de la empresa, por ejemplo, no necesitan presentar dicho billete para reclamar la indemnización.
El Seguro Obligatorio de Viajeros sólo cubre los daños personales o corporales sufridos por los viajeros. Si se desea reclamar algún tipo de daño material hay que recurrir a otras instancias.
La indemnización por accidente en transporte público se calcula en función del grado de lesión padecido a consecuencia del accidente. Es el legislador quien establece unas tablas y unas categorías para, en base a ellas, determinar la cuantía de la indemnización. Ésta, lógicamente, será más alta cuanto más grave sea la lesión padecida.
Tras padecer un accidente en transporte público, y si se desea reclamar una indemnización, hay que solicitar asistencia sanitaria de manera inmediata y asegurarse de que el conductor del vehículo público conozca el alcance de las lesiones o, cuanto menos, la existencia de las mismas. Tomar nota del nombre del conductor, de la matrícula del vehículo, datos de los testigos, etc. son otras de las acciones que debería realizar el viajero accidentado que deseara solicitar una indemnización por accidente en transporte público.